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La Factoría de la Creatividad

La LISMI (Ley de Integración Social del Minusválido) fue aprobada en el año 1982 para favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad; entre sus principales logros introdujo la obligación de la cuota de reserva legal del 2% de trabajadores con discapacidad en empresas de más de 50 trabajadores.

La Administración Pública, consciente de la dificultad inicial de las empresas para cumplir con la citada ley, aprueba en el año 2000 una batería de medidas dirigidas a facilitar a las empresas dicho cumplimiento, llamadas Medidas Alternativas.

A través de estas medidas las empresas que, por determinadas circunstancias y de forma puntual, no puedan contratar personas con discapacidad, podrán celebrar contratos con Centros Especiales de Empleo (CEE), y así llevar a efecto de forma alternativa el cumplimiento de la integración laboral de personas con discapacidad en la empresa.

¿Cómo puede gestionar con Atentis CEE sus Medidas?

Celebrando un contrato mercantil con Atentis CEE en los importes que marca la Ley, cumplirá las medidas alternativas y obtendrá un servicio de calidad.
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Más información...

» Los Centros Especiales de Empleo
» Aspectos Legales
» Condiciones Excepcionalidad a la Cuota de Reserva
» Datos y Antecedentes
» Infracciones y Sanciones
» Responsabilidad Social Corporativa